martes, 25 de mayo de 2010

PANORAMA

A punto se está de cerrar el capítulo económico de lo que deparó el Carnaval de 2010, y de dilucidar el devenir de la fiesta para próximo 2011.

La Comisión Gestora de la Federación anuncia: 

Por la presente, se convoca Asamblea General Ordinaria para el próximo día 27 de Mayo de 2010, a las 20:45 horas y 21:00 horas en primera y segunda convocatorias, respectivamente, en la sede de la F.O.P.A.C., sita en calle Hermanos Maristas 2, con el siguiente Orden del Día:

1.- Estado de cuentas de la federación.

2.- Convocatoria de elecciones a Junta Directiva.

Dada la importancia de los temas a tratar, se ruega la máxima asistencia y puntualidad.

Huelva a 12 de Mayo de 2010.

Comisión Gestora.

Fdo.: Juan Franco de Orta.
 
 
Quizás en esta ocasión lo de las cuentas sea algo, que aunque no deja de ser importante, pase un tanto de largo en la Asamblea del próximo jueves, pese a saberse que el Consistorio no ha abonado aún ni un solo euro de la subvención del presente ejercicio, prevista en un principio, según el compromiso creado, para el ya pasado mes de marzo, o puede que no y condicione nuevamente el segundo punto de la Asamblea como ocurrió en cada una de las convocatorias de elecciones que se dieron en 2010.
 
Las cuentas del Carnaval 2010 deben de arrojar un balance positivo, pese a no haberse recibido la citada inyección económica, y que cuando esta se produzca debe venir limpia de polvo y paja, dando una mínima solvencia para las gestiones del próximo carnaval. La austeridad con la que transcurrió 2010 debe de haber servido para ello.
 
En el segundo apartado de la Asamblea quedará abierto el plazo para la presentación de candidaturas para la Junta Directiva de la Federación de peñas. La rumorología apunta hasta tres de estas para su elección, lo real lo veremos en breve, así como cuales serán sus formaciones y sin convencen o no al electorado.
 
Otra de las cuestiones que se plantean es la de que peñas u asociaciones tienen derecho a voto, ¿se habrán modificado los criterios, o por el contrario seguiremos con el desacertado sistema que reinó en las elecciones de 2008?.
 
 
Hoy por hoy, las normas que rigen la convocatoria son las siguientes:
 
NORMAS PARA LA ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA


1ª. La Junta Directiva saliente, en Asamblea General, un mes antes de concluir su mandato, deberá anunciar la convocatoria de elecciones para formar la nueva Junta Directiva, quedando así como gestora hasta la renovación de los cargos. Una vez cumplidos los requisitos, deberán dimitir de sus cargos y en su totalidad, debiendo confeccionar el Censo Electoral.

2ª. A) El Censo electoral para las votaciones estará formado por aquellas Peñas y Asociaciones que en el último año hayan tenido actividad carnavalera, o dos años en los últimos cinco; entendiéndose por actividad carnavalera su participación como Peña o Asociación en alguna de las siguientes actividades: Cabalgata, Entierro del choco, Pasacalles, Agrupación de Teatro, Charanga, ect. La Asamblea General será la que decida sobre dicho censo, si hubiera alguna discrepancia, y lo elevará a definitivo.


B) La Junta saliente estará obligada a la distribución del censo definitivo a las Peñas y Asociaciones federadas, con la convocatoria de elecciones.

3ª. Anunciada dicha convocatoria de elecciones, se dará un plazo de CINCO días laborables para la presentación de candidaturas. Concluido el mismo, se cerrará la admisión de candidaturas. Las listas serán entregadas al Secretario saliente y estarán formadas por el mismo número de nombres que plazas a cubrir.

. Cerrada la admisión de listas, el Secretario saliente junto con la Gestora, harán llegar la publicación de todas las listas a las Peñas y Asociaciones, para que estén expuestas en las mismas durante un período de CINCO días laborables.

5ª. Acabado el plazo de exposición, se convocará Asamblea General por el Secretario saliente, para el TERCER día después de acabado dicho plazo, teniendo como único punto del Orden del Día de dicha Asamblea, la "Elección y votación de la Junta Directiva de la FOPAC"


6ª. Si coincidiera la fecha de votación en Sábado, Domingo o Festivo, la misma se efectuará el siguiente día hábil.

7ª. Con carácter general, el mandato de la Junta Directiva será de DOS años.

8ª. Las elecciones serán con listas cerradas, pudiendo formar parte de las mismas aquellas personas que acrediten debidamente pertenecer a Peñas o Asociaciones incluidas en el Censo definitivo.

9ª. La Junta Directiva estará formada por un Presidente, más un número de personas que no será menor de seis, ni mayor de ocho. El Presidente tendrá la facultad de distribuir los cargos según los Estatutos de la FOPAC y remodelarla cuando creyera oportuno y necesario.

10ª. Caso de dimisión del Presidente, tendrá que hacerlo también su Junta Directiva.

11ª. La Asamblea General decidirá en el momento de su dimisión, crear una Comisión Gestora que desempeñe las funciones de la Junta Directiva hasta la finalización del período carnavalero vigente o, por el contrario, convocar nuevas elecciones.


Así pues deberemos esperar al jueves 27 de mayo para ver cuales serán los designios de las elecciones, y en consecuencia quienes llevarán las riendas de la fiesta los dos próximos años.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Tengo que corregirte, Blasmi, en el contenido del primer párrafo ("...pese a saberse que el Consistorio no ha abonado aún la SEGUNDA PARTE de la subvención...").
No es la segunda parte, sino la primera. De 2010, el Consistorio aún no ha pagado nada de nada.
Saludos.

Blas Miguel Hernández dijo...

Buena corrección, lo que abonó por último el Ayuntamiento pertenecía a 2009.

Anónimo dijo...

Efectivamente.
El último ingreso del Ayuntamiento, de 41.122 €, pertenece al ejercicio de 2009.
El compromiso contraído conmigo y con Juan M. Seisdedos para la elaboración y posterior abono de TODOS los gastos de la Cabalgata de 2010 antes de fin de marzo de este año, tampoco se ha cumplido.
Juan Franco.

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